Complejo Federal de Jóvenes Adultos – Marcos Paz, Buenos Aires

Fecha visita: 12 de octubre de 2022

Cárcel antigua: anterior al 2000, habilitada en 1996.

Tamaño: Mediana 

Espacios inspeccionados: pabellones B, F y H de la Unidad Residencial 1, pabellón A de la Unidad Residencial 2 y sectores de educación, recreación, trabajo, salud y visitas de ambas unidades residenciales.

Comparación de cupos definidos

Población
(30/06/2022)
Cupo
SPF
Cupo Res.
Ministerial
Cupo
judicial
227267
275Pendiente fijación judicial de cupo [1]

Fuente: Elaboración propia. Datos de población y cupo del SPF procedentes de la Base de población y alojamiento PPN 

Pabellones relevados por el DPF de la PPN

MóduloPabellónTipo de alojamientoCantidad de celdas/camasDimensiones celdas /sector dormitorioMt2 x PPLCupo Res. MinCumple estándar Res. Min.?Cumple estándar PPN?
1Bunicelular -
celdas con baño
128,4m28,412SiSi
1Funicelular -
celdas con baño
485,3m25,348
SiNo
1HColectivo25170m26,824SiSi
2ACeldas múltiples
sin baño
463,740NoNo

[1] El Juzgado Federal n° 1, Secretaría 3 de Morón estableció en el marco de la causa n° FSM10867/2015 que el cupo de alojamiento del Complejo es de 327 plazas. Esta resolución fue recurrida por la PPN. La CFCP revocó la decisión y ordenó que se fije nuevo cupo de acuerdo con los estándares en la materia. La Cámara de San Martin, ordenó al Juzgado que realizara un nuevo peritaje, que no sea llevado adelante por fuerzas de seguridad. El Ing. González aceptó el cargo. Luego de que el SPF presentara la resolución ministerial 517 que estableció el cupo en toda la órbita del SPF, el Juzgado archivo el caso. PPN apeló y ganó la discusión en la cámara, por lo que el peritaje deberá realizarse.
[2]  Protocolo homologado en forma provisoria el 14 de julio de 2016 a partir de la resolución del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N°2, Secretaría 6, de Morón (causa n° 7676/13) y de la resolución del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 3, Secretaría 11, de Morón (Causa n° 6384/13). Para más información ver Informe Anual PPN 2016, pag. 438.

 

El CFJA está conformado por la Unidad Residencial 1 (Unidad 24) y la Unidad Residencial 2 (Unidad 26 y CRD). 

Hemos clasificado el CFJA como cárcel antigua siguiendo la distinción que hace la Resolución Ministerial 2021-517, donde establece estándares sobre condiciones de detención distinguiendo entre cárceles construidas y habilitadas antes y después del año 2000. No obstante, la Unidad Residencial I -Unidad 24-, es una edificación bastante moderna. Fue concebida para el alojamiento en celdas individuales, pero luego se habilitaron pabellones colectivos en espacios destinados a talleres laborales, uno de estos espacios es el pabellón H relevado en el Diagnóstico. Esto no solo impide el acceso al trabajo de los detenidos, cuestión que se encuentra en discusión en un litigio judicial; sino que además implica la instalación de sectores de alojamiento en espacios cuya construcción no fue pensada para ese destino. 

Por su parte, la Unidad 26 se encuentra en un edificio antiguo, con una estructura de celdas múltiples. El CRD está conformado por celdas individuales sin baño.

En el marco de un habeas corpus correctivo colectivos sobre las condiciones materiales del CFJA, se avanzó en la redacción de un protocolo de actuación para prevenir y reparar desperfectos. Si bien es una experiencia interesante, hasta el momento no ha logrado resolver los problemas de deterioro del espacio. En las inspecciones del Diagnóstico Penitenciario Federal, se observó que el CFJA se encuentra con similares niveles de deterioro y de falta de mantenimiento que el resto de los establecimientos, por lo que el referido Protocolo de mantenimiento no estaría siendo lo eficaz que debería. Ello al margen de la buena voluntad y los esfuerzos que lleven a cabo las autoridades del Complejo.

 

Acceso a trabajo:

Los talleres productivos que poseen ambas unidades residenciales resultan insuficientes para garantizar el acceso al trabajo de los jóvenes adultos con una frecuencia razonable.

Recordemos que se desmantelaron los tres espacios donde funcionaban talleres laborales en la Unidad Residencial I (U24). Primero en 2018 desarmaron dos talleres convirtiéndolos en alojamientos colectivos para 32 personas cada uno, los cuales se denominaron pabellón G y H; y posteriormente en febrero del 2019 se desmanteló el último espacio donde funcionaba un taller laboral para construir otro sector de alojamiento colectivo. Esta reconfiguración del espacio dejó sin posibilidad de acceso al trabajo productivo y/o formativo a las personas alojadas en la U24, obligándolas a estar la mayor parte del tiempo en pabellones.  

En marzo de 2019 la Procuración junto a la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación interpuso una acción de habeas corpus colectivo por la grave afectación de los derechos laborales de los jóvenes adultos, el cual se encuentra en trámite ante el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional 2 de Morón.

 

En la visita recorrimos los talleres de carpintería (90 PPL afectadas) y bolsas y jabones (30 PPL afectadas) de la UR I y carpintería (4 PPL afectadas), lavandería (2 PPL afectadas), fungi cultura-gírgolas (10 PPL afectadas), herrería (2 PPL afectadas) y alimento balanceado (3 PPL afectadas) de la UR II.  

Según la información provista por las autoridades penitenciarias, entre los dos talleres de la UR I afectaban un total de 120 personas de las 167 personas alojadas al día del relevamiento, esto es alrededor del 70% del total de la población de dicha unidad residencial; sin embargo, los espacios físicos donde se desarrollan estos talleres son pequeños y no es posible que asistan a trabajar todas las personas a la vez. En la práctica, según informó el SPF, los jóvenes solo asisten al taller laboral una vez por semana y en un turno de 4 horas (de 8.30 a 12.30 o de 14 a 18), lo que implica una frecuencia insuficiente para desarrollar la formación laboral. 

En el caso de la UR II, entre los 5 talleres productivos suman un total de 21 jóvenes de los 44 alojados (el 50%). Estos talleres también se desarrollan en dos turnos de 9 a 13 hs. y de 15 a 18hs. 

 

Dificultades para el acceso a actividades recreativas

Los espacios para actividades recreativas del CFJA resultan insuficientes.

El único espacio cubierto que hay para realizar actividades es el gimnasio que se encuentra en la UR I. La UR II solo cuenta con un espacio al aire libre; cuando las inclemencias climáticas no permiten estar al aire libre, los alojados en la UR II no realizan actividades recreativas. 

La UR I cuenta con dos espacios al aire libre, pero según informaron, uno de ellos no se utiliza. Cabe mencionar que los espacios al aire libre de ambas unidades residenciales solo poseían arcos de fútbol como equipamiento, ninguno tenía área de descanso, ni techo para el resguardo de las condiciones climáticas, como lluvia o sol fuerte. El espacio de la UR I que se encuentra sin uso era el que mejor equipado estaba de los tres, con un área de gimnasio, mesas, bancos, techo.

 

De lo relevado se deduce que el acceso a estos espacios es limitado e insuficiente para garantizar actividades recreativas a todos los alojados de manera diaria, lo que resulta grave teniendo en cuenta que el deporte es fundamental para el grupo etario de jóvenes adultos -18 a 21 años-.